Nuevo Real Decreto sobre aparatos eléctricos y electrónicos, "novedades dentro del marco normativo de RAEE"

El 20 de febrero de 2015 el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente una nueva regulación sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

El nuevo Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que viene a derogarla anterior normativa sectorial (Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos), incorpora al ordenamiento jurídico nacional las novedades incluidas en la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Esta Directiva pretendeofrecer mejoras en la gestión de RAEE en Europa, incidiendo, en los planteamientos de uso eficiente de los recursos, de prevención, en evitar la disociación entre crecimiento económico y el incremento en la generación de residuos y en avanzar en el principio de jerarquía de gestión de residuos (prevención, reutilización, preparación para la reutilización, reciclaje y por último eliminación ya sea mediante valoración energética o retirada a vertedero) ya establecidos en la vigenteLey 22/2011,de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Foto: Christian Ferrari

Los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) están constituidos por materiales escasos y valiosos en el mercado de materias primassecundarias, lo que confiere a los RAEE de un valor añadido que no tienen otras clases de residuos. Por tanto, los materiales valorizables que contienen los AEE suponen un recurso que no debe ni puede perderse, y por tanto tienen que recuperarse de manera que puedan ser introducidos nuevamente en el proceso de fabricación de nuevos productos, siendo un claro ejemplo de aplicación de estrategia de economía circular referida en la Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento al Consejo, al Comité Económico y Social Europea y al Comité de las regiones «Hacia una economía circular; un programa de cero residuos para Europa» de julio de 2014, actualmente no incluida en el Programa de Trabajo de la Comisión de la Unión Europea para el 2015.Sin embargo, estos aparatos poseen además, sustancias peligrosas que, pueden generar daños al medio ambiente o ser perjudiciales para la salud humana si, una vez convertidos en residuos, los aparatos no se gestionan y tratan adecuadamente. Por consiguiente, todas las etapas de su gestión (recogida, almacenamiento, transporte y tratamiento) deben hacerse en unas condiciones seguras y sin mezclarse con otros flujos de residuos.

Aun cuando se ha avanzado mucho en la gestión de RAEE, de manera general, las barreras encontradas hasta el momento se pueden agrupar en los siguientes apartados:

  • Dificultad para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la normativa vigente, sobre todo en lo relativo a la recogida separada de esta clase de residuos.
  • Déficit de información procedente de la recogida y tratamiento de los RAEE, lo que ocasiona dificultades en su trazabilidad y control de la gestión.
  • El anterior marco normativo establecido con el Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos ha dado lugar a distintas interpretaciones en el territorio nacional, provocando desigualdades regionales y anomalías en la gestión de RAEE.
  • Insuficiencia de recursos por parte de las administraciones competentes (Administración Central, Entidades Locales y sobre todo las Comunidades Autónomas) en materia de inspección y control de la adecuada gestión de RAEE.
  • En ocasiones los sistemas de recogida y los centros de almacenamiento temporal provocan una alteración de la calidad de los RAEE de forma que se limita su tratamiento posterior.
  • Pérdida de RAEE en los actuales canales de gestión debida a su "canibalización" o robo, sobre todo de aquellos que poseen un valor positivo en el mercado.

Para subsanar las barreras antes mencionadas el nuevo Real Decreto sobre RAEE pretende:

  • La implantación de una regulación que aumente el nivel de seguridad jurídica, estableciendo una descripción detallada de las obligaciones de todos los agentes que intervienen en la cadena de fabricación y consumo AAE así como en la gestión de los residuos (usuarios, fabricantes, representantes autorizados, importadores, distribuidores y gestores).
  • Integrar un único instrumento de control de datos sobre RAEE de ámbito estatal que permita conocer el cumplimiento de los objetivos en esta materia en cada Comunidad Autónoma y que garantice la trazabilidad del residuo y su adecuada gestión.
  • Promover la reutilización y la preparación para la reutilización, estimulando la creación de centros de reutilización y la generación de empleo en este sector, aportando su vez fiabilidad a estas operaciones.
  • Sistematizar las obligaciones de información de los productores de AEE y gestores de RAEE sobre la recogida y valorización de los RAEE en todo el territorio, garantizando la homogeneidad de los criterios de gestión de los RAEE así como la unidad de mercado.
  • Optimizar económicamente y hacer eficiente la gestión de los RAEE bajo la responsabilidad ampliada del productor en un marco que garantice la competitividad del sector por parte de los fabricantes de AEE y de los gestores de RAEE.

Entre las novedades más destacadas desde el punto de vista institucional destaca la constitución de un Grupo de Trabajo de RAEE, que será dependiente de la Comisión de coordinación en materia de residuos del Magrama, y cuya función será ayudar a la homogenización de criterios y coordinar actuaciones a escala nacional. Este grupo de trabajo realizará su actividad a través de dos instrumentos:

  • Plataforma electrónica. Cuya función principal será recoger, almacenar y poner a disposición de las distintas administraciones públicas interesadas toda la información sobre la gestión de RAEE relacionada con su recogida, garantizando de este modo la trazabilidad de los residuos y permitiendo la participación de los agentes relacionados con los RAEE.
  • Oficina de asignación de recogidas. Gestionada directamente por los productores de AEE, tendrá la función de designar la recogida y gestión de los RAEE a los productores en función de su cuota de mercado, de tal forma quede registrado cuáles son las cantidades asignadas y recogidas por los sistemas de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP).

Bajo una perspectiva sustantiva las innovaciones que establece el nuevo Real Decreto son:

  • La incorporación de los distribuidores como elemento clave de la recogida de RAEE. Los establecimientos de venta de AEE deberán aceptar de manera gratuita y sin haber comprado un nuevo AEE,  los dispositivos ya usados de tamaño pequeño si disponen de un establecimiento de más de 400m2.
  • La regulación de los requisitos técnicos homogéneos a exigir a las instalaciones de tratamiento de residuos en todo el territorio nacional (armonizando la concesión de autorizaciones por las autoridades competentes y evitando distorsiones de mercados).
  • La unificación de criterios para la autorización de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (especialmente en materia de garantías financieras y calidad de los datos).
  • La modificación de las categorías de los AEE, que pasan a agruparse en 7 categorías frente a las 10 existentes en la actualidad.
  • La imposición a los grandes distribuidores de la obligación de recoger RAEE muy pequeños.
  • La incorporación de la distinción entre AEE usado y RAEE y la previsión de entrega de los aparatos usados por los usuarios a los comercios de segunda mano.

Desde la Asociación de Ciencias Ambientales se considera que con la aprobación de este nuevo real decreto se establece un nuevo marco normativo que pone sobre la mesa las herramientas para mejorar la cooperación y coordinación de todas las autoridades implicadas en materia de gestión de residuos, configurando instrumentos de control y trazabilidad de los RAEE que facilitan a su vez las labores de inspección y control por parte de las autoridades competentes.