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Responsabilidad Ambiental

Responsabilidad ambiental

ST25, Eje Economía y Sociedad, 27/11/2014

En la conferencia se ha comenzado hablando acerca de la nueva reforma que no tiene que ver con lo que en la prensa se dice. La normativa anterior era demasiado ambiciosa y por lo tanto no se podía asegurar su aplicación, según se ha dicho, esta reduce la ambición y permite que al menos se pueda realizar lo que se dice, en la ley anterior había un total de 320.000 operadores que controlar en este aspecto y el número actualmente se ha reducido a 10.000 que puedan causar daño ambiental. Hay 2 partes de la ley, por un lado el régimen de responsabilidad ambiental que tiene cobertura limitada y que no se aplicará por debajo de un umbral establecido en el que no se va a considerara significativo, no se aplicará la responsabilidad ambiental. A día de hoy en España no hay muchos problemas significativos ya que no ha habido grandes desastres, según el umbral que contempla esta ley.

La otra parte es la prevención ambiental, basada principalmente en la gestión del riesgo.

En cuanto a la modificación del reglamento los escenarios de riesgo ya no son cuantificados en euros sino que se realizan índices para evaluar esos escenarios.

Para concluir se van a centrar en tres líneas. IPPC, Seveso y la Gestión de residuos mineros.

 

Laura Pacho Sanpedro